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Solicitar Asilo

Para solicitar asilo, el extranjero que esta físicamente presente en los Estados Unidos debe presentar un Formulario I-589(Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción). Para respaldar su solicitud, el solicitante debe demostrar lo siguiente: 1. Él/Ella teme ser perseguido; 2. Su temor está bien fundado; 3. “al menos una razón principal para” ser perseguido es debido a su raza, religión, nacionalidad, pertenecer a un grupo social en particular u opinión política; y 4. Él/Ella no puede regresar a su país de origen o a su último lugar de residencia debido a persecución o a un temor bien fundado de persecución.

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Acceso en cualquier lugar

Accese su solicitud de cualquier manera, en cualquier momento.

El asilo es un tipo de protección que los Estados Unidos proporcionan a personas que enfrentan persecución. “Persecución” significa un trato injusto debido a la raza de una persona, religión, nacionalidad, opiniones políticas o por pertenecer a ciertos grupos. Para recibir esta protección, usted debe demostrar que se ha enfrentado a persecución en su país o que tiene buenas razones para temer ser perseguido si regresa.

Si usted está en los Estados Unidos, puede solicitar asilo, incluso si está aquí en libertad condicional, de forma ilegal o sólo por un corto tiempo. Si se concede su solicitud, se le conocerá como un “asilado”. Hay muchos beneficios al convertirse en un asilado. Se le permitirá trabajar en los Estados Unidos y tal vez pueda traer a su cónyuge e hijos para vivir aquí también. Los asilados también pueden recibir dinero, atención médica y ayuda para encontrar un trabajo y aprender inglés. Después de un año como asilado, se le permitirá solicitar su Tarjeta Verde. Finalmente, después de cuatro años con una Tarjeta Verde, podrá solicitar la ciudadanía estadounidense.

COMPLETE EL FORMULARIO ONLINE

Una vez que tomes nuestro examen de elegibilidad gratis, nuestro sistema de última generación ira determinar cuál opción es más adecuada para ti. Después de contestar algunas simples preguntas, el formulario de inmigración adecuado para usted será generado – listo para ser completado online. Nuestras instrucciones paso a paso van ayudarte a completar el formulario de manera correcta, informarle cuando y como enviarlo, y hasta va preparar la dirección postal para que sea enviado a las autoridades.


Cómo funciona

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Pase el Test de elegibilidad

Todos nuestros test de elegibilidad han sido preparados por abogados de inmigración experimentados y son fáciles de usar y entender. Solo toma unos minutos completar un test y descubrir si es o no elegible para solicitar. Si pasa el test escogeremos automáticamente todos los formularios requeridos para su caso migratorio.

Complete los formularios

Le proporcionaremos todos los formularios migratorios que necesitará presentar al USCIS y recibir un resultado positivo. Nuestros formularios son personalizados para asegurar que usted comprenda todas las preguntas a plenitud y provea respuestas exactas en todos los campos requeridos.

Verificación de documentos

Una vez que complete sus formularios migratorios nuestro sistema generará una lista de verificación personalizada de los documentos que necesitará presentar al USCIS con su caso migratorio. Puede subir sus documentos a nuestro sistema fácilmente y solicitar que un abogado los revise para asegurarse que sean exactos y suficientes.

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  • Acceso desde su Dispositivo Móvil. Estás siempre en movimiento? No hay problema. Use nuestra aplicación móvil para seguir trabajando cuando no estás en casa.
  • Preparación Fácil y Rápida. Use su teléfono para tomar fotografías de su documentación y fácilmente cargalas en su solicitud.
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MÉTODO TRADICIONAL

¿sabe usted si es elegible para solicitar?+-

NO, See USCIS Instruction

¿Sabe cuál forma de inmigración utilizar?+-

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¿sabe cuáles documentos y/o evidencias debe presentar con su solicitud?+-

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¿Sabe los montos de las tarifas que debe pagarle al gobierno?+-

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¿Sabe dónde someter el paquete de inmigración?+-

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Nuestro software online facilita su papeleo de inmigración

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USCIS instrucción general

Si al ingresar a los Estados Unidos por la frontera o un aeropuerto los oficiales estadounidenses le niegan la entrada, puede decirles que tiene temor de regresar a su país y después pedir solicitar asilo. Sin embargo, se recomienda que si usted está usando una visa válida o documento de entrada y el oficial de inmigración le está permitiendo ingresar a los Estados Unidos, no le diga sobre su intención de solicitar asilo. Pues una vez que lo haga, todo pasara muy rápido. Primero, lo llevaran a un centro de detención donde tendrá que esperar a que un oficial de asilo del USCIS lo escuche sobre su “temor creíble”. Por lo general, pasan uno o dos días hasta que lo escuchen. Y el oficial no tiene la potestad para conceder asilo. Él/ella conducirán la entrevista con el objetivo de determinar si su miedo es real y si usted realmente tiene temor de ser perseguido en su país de origen. Si el oficial le cree, lo derivará para que un juez escuche su caso. Sin embargo, el oficial si tiene la potestad de denegar su solicitud de asilo y mandarlo de vuelta a su país de origen sin opción a apelar.

Solicitar en territorio estadounidense

Si se le concede ingresar a los Estados Unidos, tiene hasta un año para solicitar asilo. Solo con algunas excepciones el USCIS aceptará una solicitud llenada pasado este plazo. Hay varios pasos para solicitar asilo. Primero debe completar el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción. Este formulario debe ser enviado al USCIS junto con una copia de todas las páginas de su pasaporte, dos fotos tamaño pasaporte y todos los documentos de apoyo. Se debería incluir una declaración detallada que contenga hechos específicos, así como documentos que respalden estas afirmaciones para poder explicar porque se le debería conceder asilo en el país. Documentos personales incluyendo: artículos de prensa sobre su detención, tarjeta de miembro de grupo (si su solicitud de asilo se basa en la pertenencia a un grupo), o registros médicos si alguna vez ha sido golpeado o torturado por la misma razón por la que solicita asilo. Si usted no tiene estos documentos personales para respaldar su solicitud, mínimamente, debería proporcionar información sobre la situación en su país de la que está huyendo, como respaldo a las afirmaciones en su declaración. Después de que el USCIS reciba su solicitud, se le enviará una notificación de citación para la toma de sus huellas digitales. Seguido de dicha citación, será llamado para una entrevista en una oficina de asilo del USCIS. Si usted no habla inglés, debería llevar un intérprete a esta entrevista.

Preguntas Frequentes

Después de que se me conceda asilo, ¿cuánto tiempo tendré que esperar para convertirme en un ciudadano estadounidense?
Antes de recibir la ciudadanía estadounidense, usted debe convertirse en un residente permanente. Después de que pase un año desde que se le concedió asilo, puede presentar un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. Se debe proporcionar un formulario por separado y documentos de apoyo para usted y para cada familiar que recibió asilo derivativo basado en su caso. Una vez la solicitud sea aprobada, deberá mantener el estatus de residente permanente por cinco años antes de solicitar la ciudadanía estadounidense.
¿Puedo traer a mi familia a los Estados Unidos si se me concede asilo?
Sí. Al solicitar asilo por primera vez, usted también puede peticionar por su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años. Por favor, note que debe peticionar solo por familiares con quienes ya tenía una relación existente antes de se le conceda asilo. En los casos de niños recién nacidos, deberían haber sido concebidos o haber nacido antes de su ingreso a los Estados Unidos como refugiado o de concedérsele asilo. Su familiar elegible deberá rellenar un Formulario I-730, Petición de familiar refugiado/asilado.
¿Cuáles son las excepciones para solicitar asilo si ingrese a los Estados Unidos hace más de un ano?

La primera excepción tiene que ver con un cambio de circunstancias. Si su plazo de un año se venció y usted puede demostrar “la existencia de un cambio de circunstancias, las cuales podrían afectar materialmente” su elegibilidad para el asilo, entonces usted todavía podría solicitar asilo. Usted debe demostrar que algo ha cambiado desde su última llegada a los Estados Unidos que lo pone en temor de retornar a su país de origen. Las solicitudes que se presentan bajo esta excepción deben ser presentadas en un periodo razonable, el cual puede ser determinado tomando en cuenta si usted se retrasó en enterarse sobre el cambio de circunstancias.

Las situaciones que constituyen un cambio de circunstancias son las siguientes:

  • Cambios de condiciones en su país de origen, si no tenía ningún estatus en su último país de residencia habitual;
  • Cambios materiales en sus circunstancias que afectan su elegibilidad para el asilo, incluidos los cambios aplicables en la legislación de los EE.UU. y en actividades en las que se involucró en el exterior que lo pusieron en riesgo de ser perseguido; o
  • Si anteriormente estuvo incluido como dependiente en la solicitud pendiente de asilo de otro solicitante, pero perdió la relación de cónyuge o padre-hijo con el solicitante principal debido a divorcio, muerte o por cumplir los 21 años de edad.

Existen categorías específicas de cambios que garantizan una excepción a la regla de un año y son las siguientes:

  • Cambio de condiciones en el país. Si un país cambia sus leyes, tales como la penalización de actividad sexual entre personas del mismo sexo o cambia sus políticas de modo que el gobierno reforzara las leyes contra la sodomía, entonces un miembro de la comunidad Lesbianas, Gays, Bisexuales y personas Transgénero (LGBT) puede ahora ser elegible para el asilo. Además, un cambio en el gobierno a un régimen represivo puede garantizar también una excepción. Para obtener esta excepción, usted debe demostrar que este cambio en las condiciones en su país tiene un particular impacto en su caso individual.
  • Cambio en las circunstancias del solicitante. Ciertas circunstancias pueden afectar materialmente su elegibilidad para el asilo basado en su orientación sexual. Tales circunstancias pueden incluir: declararse gay o lesbiana, ser un miembro activo de la comunidad LGBT, o ser diagnosticado VIH positivo. Obtener una solicitud de asilo basándose solo en estado de VIH positivo es difícil, sin embargo, cuando los casos se basan también en la orientación sexual suelen ser más exitosos. Usted puede calificar para una excepción si se le ha diagnosticado como VIH positivo recientemente y existe persecución o discriminación severa a los VIH positivo en su país de origen. Los transexuales en proceso de transición pueden calificar para una excepción por cambio de circunstancias si: El/ella ha tomado medidas médicas para la transición, incluyendo la terapia hormonal, la electrolisis o cirugía de reasignación de sexo, y por tal razón cree que aumentara el riesgo de persecución en su país de origen.
  • Circunstancias extraordinarias: Se refieren a “eventos o factores que están relacionados directamente con el hecho de no cumplir el plazo de una año”. Esto significa que usted debe demostrar que algo le impidió llenar la solicitud hasta ahora, y que estas circunstancias no fueron creadas a través de su propia acción o inacción. Al revisar su solicitud, el juez de asilo analizara los hechos individuales de su caso para determinar si existen circunstancias extraordinarias. Para lo cual, tendrá que establecer los tres siguientes requisitos:
    1. Demostrar la existencia o aparición de las circunstancias extraordinarias;
    2. Demostrar que las circunstancias están directamente relacionadas con el no haber llenado su solicitud en el plazo de un año; y
    3. Demostrar que el retraso en la presentación de la solicitud bajo tales circunstancias era razonable.

    Abajo encontrara ejemplos de circunstancias extraordinarias:

    1. Enfermedad grave o discapacidad mental o física, incluyendo efectos producidos a causa de persecución o daño violento sufrido en el pasado durante el periodo de un año después de su llegada;
    2. Incapacidad legal, durante el periodo de un año después de su llegada (ej. usted es un menor no acompañado o sufren de una discapacidad mental);
    3. Asistencia ineficaz de un abogado;
    4. Ha mantenido su Estatus de Protección Temporal (TPS), estatus de inmigrante legal o de no inmigrante, o se le dio la libertad condicional, hasta un período de tiempo razonable antes de presentar la solicitud de asilo; o
    5. Usted presentó una solicitud de asilo dentro del año de su llegada, pero esa solicitud fue rechazada por el USCIS por no ser presentada correctamente, fue devuelta a usted para que la corrija, y volvió a presentarla dentro de un plazo razonable;
    6. Su representante legal o un familiar inmediato muere o sufre una enfermedad grave o incapacidad.
  • Enfermedad Mental Grave o Discapacidad Mental/Física. Si usted sufre de una enfermedad grave o discapacidad mental o física durante el período de un año, será excusado para presentar su solicitud a destiempo. El Trastorno de Estrés Postraumático (PTSD, por sus siglas en inglés) ha sido reconocido por un juzgado de circuito como una circunstancia extraordinaria. Los solicitantes LGBT, en particular, pueden sufrir de PTSD u otras formas de trauma física o mental como resultado de la persecución en sus países de origen. Por otra parte, si el país ha estigmatizado la homosexualidad en gran medida, los solicitantes pueden tener problemas para aceptar su propia orientación sexual, lo que puede conducir a la depresión.

Esta excepción es usada excesivamente y por esta razón, los solicitantes deben utilizar el testimonio de psiquiatras o terapeutas para demostrar que sufren de PTSD, depresión, u otra enfermedad grave o discapacidad. Si usted tiene una relación continua con el profesional médico, entonces, el testimonio se considerara más creíble que sólo una evaluación para la solicitud.

Muchos de los solicitantes se asientan en comunidades habitadas principalmente por personas de su país de origen donde los solicitantes LGBT pueden ser excluidos socialmente. Por esa razón, estos solicitantes en particular, así como quienes son VIH-positivo, pueden tener dificultades para discutir su orientación sexual, identidad de género o condición de VIH-positivo. Como tal, estas presiones pueden no constituir una discapacidad mental específicamente, sin embargo, el Manual del Oficial de Asilo establece que la oposición severa del cónyuge o la familia, el aislamiento extremo dentro de una comunidad de refugiados, las barreras lingüísticas profundas o dificultades profundas en la aclimatación cultural también pueden constituir circunstancias extraordinarias.

Quienes son VIH-positivos encontraran la categoría de discapacidad particularmente relevante. Una enfermedad grave o depresión grave como resultado de haber sido diagnosticado con VIH pueden impedir a un solicitante presentar su solicitud de asilo dentro del año de su llegada a los EE.UU.

  • Incapacidad legal. La incapacidad legal puede excusar a menores no acompañados de no cumplir con el plazo límite de un año, siempre y cuando esta se produjo durante el período de un año. Este argumento podría potencialmente extenderse a menores acompañados, especialmente aquellos que son LGBT quienes pueden haber tenido miedo de informar a sus familias sobre su orientación sexual y no pueden dedicarse razonablemente a sus solicitudes de asilo hasta después de dejar a sus familias. Un “menor no acompañado” a los efectos del plazo de un año es un menor de 18 años en los EE.UU. sin un padre o tutor legal.
  • Asistencia ineficaz de un abogado. Si tiene la intención de perseguir una excepción por asistencia ineficaz de un abogado, debe cumplir tres requisitos:
    1. Se debe presentar una declaración testificando los detalles del acuerdo con el abogado;
    2. El abogado debe ser informado de la demanda y se le debe dar la oportunidad de responder; y
    3. Se debe presentar una demanda o tiene que explicar por qué no ha presentado una denuncia ante las autoridades pertinentes.

La concesión de asilo debe determinar solamente si se cumplen estos tres requisitos y evaluar si las acciones o inacciones del abogado estaban relacionadas con el retraso en la presentación.

Una reclamación viable por la ineficiencia de un abogado puede demostrarse si usted se reunió con un abogado antes de la fecha límite de presentación y el abogado nunca le informó de los diferentes motivos por los que le es posible solicitar asilo, incluyendo: orientación sexual, identidad de género o estatus de VIH. Esta reclamación sería difícil, si el solicitante nunca planteó estas cuestiones por su cuenta. Un reclamo más exitoso sería si un abogado presentó una solicitud dentro de un año, pero no estaba preparado adecuadamente y carecía de suficiente documentación para apoyar las justificaciones. Además, no avisar al solicitante sobre el plazo de un año cuando se solicita la ayuda, también puede ser una reclamación con éxito para asistencia ineficaz de un abogado.

  • Mantenimiento de un estatus legal. Si usted solicita el asilo en un plazo razonable después de que su estatus de Protección Temporal (TPS) o de inmigrante legal o de no inmigrante termine puede ser elegible para una excepción. Los hechos alrededor de su caso se utilizarán para determinar si su solicitud fue presentada dentro de un período de tiempo razonable. El Departamento de Justicia encontró que esperar seis meses después de que el estatus legal terminó para presentar su solicitud de asilo era irrazonable. Los solicitantes que se “declaran” LGBT mientras estudian en los EE.UU., y los solicitantes que se enteran que son VIH-positivo mientras estudian o trabajan aquí se benefician enormemente de esta excepción. Los estudiantes LGBT pueden verse obligados a solicitar asilo tras informar a sus familiares sobre su orientación sexual, identidad de género o estado de VIH si sus padres dejan de pagar su escuela.
  • Solicitud presentada inadecuadamente dentro del período de un año. Si usted presenta su solicitud dentro del plazo de un año, pero esta fue rechazada, devuelta para correcciones, y vuelve a presentarla dentro de un período de tiempo razonable, usted es elegible para esta excepción.
  • Muerte o enfermedad grave del Representante Legal o Familiar. Para determinar si se aplica esta excepción, el juez de asilo tendrá en cuenta “el grado de interacción entre los familiares, así como la relación de sangre entre el solicitante y el familiar”. Teniendo en cuenta la reciente derogación de la Ley de Defensa del Matrimonio, los compañeros del mismo sexo también son reconocidos por los efectos de la presente excepción.
  • Otras circunstancias. Los oficiales de asilo también pueden considerar otras circunstancias, tales como:
    1. Oposición severa del cónyuge o la familia;
    2. Aislamiento extremo dentro de una comunidad de refugiados;
    3. Barreras lingüísticas profundas; o
    4. Dificultades profundas en la aclimatación cultural.

Sobre todo para aquellos dentro de la comunidad LGBT que tienen miedo de cómo sus comunidades y familias reaccionarán a su orientación sexual, identidad de género o condición de VIH-positivo, esta excepción es relevante. Estos solicitantes pueden tener miedo de buscar ayuda médica o terapia en sus propias comunidades debido al miedo y son incapaces de buscar dicha asistencia fuera de la comunidad, debido a las barreras del idioma. La falta de conocimiento del plazo de un año generalmente no se considera una excepción , sin embargo, puede estar justificada en situaciones de aislamiento dentro de una comunidad de refugiados, la estigmatización de la homosexualidad de la familia y la comunidad, y el miedo de discutir estas cuestiones personales, debido a un trauma físico pasado.

Ingrese a los Estados Unidos hace mas de un año, ¿todavía puedo solicitar asilo?

Sí. Se podría aplicar una excepción de la regla de un año en su caso, si hay un “cambio de circunstancias” o “circunstancias extraordinarias” relacionadas con el retraso al llenar su solicitud. Usted solo necesita demostrar que es razonable concluir que la excepción aplica bajo estas circunstancias. Sin embargo, usted debería presentar su solicitud en un periodo de tiempo razonable una vez las circunstancias cambien o sucede que las circunstancias extraordinarias están exentas del plazo de presentar en un año.

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